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Código Tributario Artículo 323 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Tributario Tucumán
Artículo 323. Tasa Proporcional de Justicia

Además de las tasas mencionadas en el artículo anterior, los juicios que se inicien ante las autoridades judiciales estarán sujetos al pago de una tasa proporcional que fijará la Ley Impositiva y que se aplicará en la siguiente forma:

1. En relación al monto de la demanda en los juicios por sumas de dinero o derechos susceptibles de apreciación pecuniaria, y sobre el importe de tres (3) meses de alquiler en los juicios de desalojo de inmuebles.

2. En base al avalúo fiscal para el pago del Impuesto Inmobiliario correspondiente al año de iniciación de la demanda, en los juicios ordinarios, posesorios, e informativos que tengan por objeto inmuebles.

3. En base al activo que resulte de la liquidación para el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, inclusive la parte ganancial del cónyuge supérstite, en los juicios sucesorios.

Si se tramitaran acumuladas las sucesiones de más de un causante, se aplicará el gravamen independiente sobre el activo de cada una de ellas. En los juicios de inscripción de declaratorias, testamentos o hijuelas de extraña jurisdicción, sobre el valor de los bienes que se tramitan en la Provincia, aplicándose la misma norma anterior en el caso de transmisiones acumuladas.

4. En base al pasivo verificado del deudor en el concurso preventivo (créditos verificados, declarados admisibles y/o con verificación tardía).

En base al activo liquidado en los juicios de quiebra y liquidación sin quiebra. En base al pasivo denunciado por el deudor en los juicios sin haber llegado a la verificación.

En base al pasivo verificado y declarado admisible en los procesos de crawn down.

En base al monto del crédito por el cual se funda la acción en los juicios de quiebra promovidos por los acreedores. En caso de declararse la quiebra, lo abonado se computará a cuenta de la tasa que le corresponda en total. 5. En los juicios sobre división de condominio, se tomará como base:

a) Para el caso de bienes muebles, el valor determinado mediante pericia.

b) Para el caso de bienes inmuebles, la valuación fiscal al momento de iniciarse la acción.

Provincia de Tucumán Artículo 323 Código Tributario de la Provincia de Tucumán
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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