Imprimir

Código Rural para Territorios Artículo 217 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Rural para Territorios Nacional
Artículo 217.

Las solicitudes de concesión de agua deberán contener:

1. El nombre del propietario de la tierra, la extensión de ésta, la parte que se calcula irrigar y un croquis del perímetro.

2. Las obras, canales, acequias, bocatoma y marco de sección que se proyecta.

3. La cantidad de litros de agua por segundo que solicita tomar.

4. El número aproximado de las propiedades ribereñas por donde corre el cauce de agua y los acueductos que alimenta.

5. Presentada la solicitud, el Inspector citará a los ribereños ya todos los que se consideren con derecho a oponerse, por el término de 30 días, para que se presenten a estar a derecho. El edicto se publicará en un periódico local, si lo hubiere y se fijará en los parajes públicos.

Nacional Artículo 217 Código Rural para Territorios
Artículo 1 ...215 216 217 218 219 ...256

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse