Código Procesal Penal Artículo 343 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Penal Santa Fe
Artículo 343. Resolución
En un plazo de cinco (5) días, el Tribunal dictará sentencia de estricta conformidad con la pena y modo de ejecución aceptados por las partes, sin perjuicio de definir la calificación legal que corresponda.
No obstante, si a partir del hecho planteado en el acuerdo, estimara que el mismo carece de tipicidad penal o resulta manifiesta la concurrencia de cualquier circunstancia legalmente determinante de la exención de pena, de su atenuación, dictará sentencia absolviendo o disminuyendo la pena en los términos en que proceda
Provincia de Santa Fe Artículo 343 Código Procesal Penal
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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