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Código Procesal Penal Artículo 144 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal San Luis
Artículo 144.

Cuando para la calificación del delito o de sus circunstancias fuese necesario estimar el valor de la cosa que hubiere sido su objeto, o el importe del perjuicio causado, o que hubiese podido causarse, el Juez oirá sobre ello al dueño perjudicado y acordará después el reconocimiento pericial en la forma determinada en el capítulo respectivo. El Juez facilitará a los peritos nombrados las cosas y elementos directos de apreciación sobre que hubiere de recaer el informe. y si no estuviesen a su disposición, les suministrará los datos oportunos que se pudieren reunir previniéndoles, en tal, caso que hagan la estimación y regulación de perjuicios de un modo prudente, con arreglo a los datos proporcionados.



Provincia de San Luis Artículo 144 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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