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Código Procesal Penal Artículo 85 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Penal Salta
Artículo 85. Fiscal Penal

El Fiscal Penal tendrá las siguientes facultades:

a) Dirigirá, practicará y hará practicar la investigación penal preparatoria;

b) Actuará en las audiencias por ante el Juez de Garantías;

c) Actuará en juicio en todos los procesos contra personas mayores;

d) Vigilará la estricta observancia del orden legal en materia de competencia, en el cumplimiento de las reglas de procedimiento y en cuanto a las normas que regulan la restricción de la libertad personal;

e) Contestará las vistas o traslados que se le corrieren según las disposiciones legales;

f) Requerirá de los Jueces de Garantías y del Tribunal de Juicio el activo despacho de los procedimientos penales en los que intervinieren, deduciendo los reclamos pertinentes;

g) Concurrirá a los lugares de detención cuando lo estime conveniente y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias respectivas;

h) Ordenará a la policía la realización de los actos necesarios y ejercerá las facultades pertinentes que este Código y la Ley Orgánica del Ministerio Público le atribuyen;

i) Actuará en todos los trámites a cargo del Juzgado de Ejecución.

Provincia de Salta Artículo 85 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...83 84 85 86 87 ...622

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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