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Código Procesal Penal Artículo 267 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Penal Salta
Artículo 267. Obligación de denuncia

Deben denunciar el conocimiento que tengan sobre un delito de acción pública, con excepción de los que requieren instancia o autorización para su persecución, y sin demora:

a) Los funcionarios o empleados públicos que en el ejercicio de sus funciones adquieran conocimiento de un delito perseguible de oficio.

b) Los médicos y demás personas que ejerzan cualquier ramo del arte de curar, que conozcan esos hechos al prestar los auxilios de su profesión, salvo que el conocimiento adquirido por ellos, esté por la ley bajo amparo del secreto profesional.

En todos estos casos la denuncia no será obligatoria si razonablemente arriesga la persecución penal propia, la del cónyuge, conviviente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o cuando los hechos hubiesen sido conocidos bajo secreto profesional.

Provincia de Salta Artículo 267 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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