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Código Procesal Penal Artículo 119 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Penal Salta
Artículo 119. Subsistencia de la persecución penal

La acción reparatoria sólo puede ser ejercida mientras esté pendiente la persecución penal. Si por cualquier circunstancia se suspendiera o archivare la investigación penal preparatoria, conforme las previsiones de ley, cesará el ejercicio de la acción reparatoria, en su caso, hasta que la persecución penal continúe, quedando a salvo el derecho de interponer la demanda ante los tribunales civiles.

La absolución del acusado no impedirá que el Tribunal de Juicio se pronuncie sobre la acción civil en la sentencia, en tanto se hubiese planteado cuestión al respecto.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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