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Código Procesal Laboral Artículo 51 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Laboral Tucumán
Artículo 51. Honorarios de Peritos - Bases Regulatorias

Para regular los honorarios de los peritos se tomar exclusivamente como base regulatoria los puntos de la litis sobre los que emitió dictamen.

Será aplicable para los peritos lo dispuesto en el artículo 50 con las limitaciones establecidas en el párrafo anterior.

Los honorarios se fijarán en un porcentaje del 1 al 4%, pudiendo el juez o tribunal excepcionalmente y por auto fundado, aumentar el mismo hasta un 6% en función de la importancia del peritaje.

Cuando se hubieren designado varios peritos, cualquiera sea su especialización o rama de conocimiento técnico, sus honorarios, en conjunto, no podrán exceder el 15% del monto determinado según el artículo 50 de este Código.

Los honorarios de los consultores técnicos que ofrezcan las partes serán fijados en hasta un 50% de los que se determinen para los peritos.

La sola aceptación del cargo no dará derecho a regulación de honorarios, salvo que el perito probare la realización de tareas y que el dictamen no pudo producirse por circunstancias ajenas al mismo. Esta cuestión tramitará por las reglas previstas para los incidentes.



Provincia de Tucumán Artículo 51 Código Procesal del Trabajo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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