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Código Procesal del Trabajo Artículo 16 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal del Trabajo San Luis
Artículo 16. DIRECCION DEL PROCESO

La Dirección del Proceso corresponde al Tribunal el que ejercerá de acuerdo a las disposiciones de este Código y principios fundamentales que informan su ordenamiento, procurando que su tramitación sea lo más rápido y económica posible.

El Tribunal cuando lo considere necesario puede disponer, aún de oficio, la acumulación de juicios conexos y cualquier diligencia tendiente a evitar nulidades o para lograr una mayor eficacia de las actuaciones. Cód.de Proc.del Trab.de Jujuy: Art.10;Idem de Catamarca: Art.14;Idem de Salta: Art.6 y 8 Idem de Córdoba: Art.27;Idem de San Juan: Art.9; Ramirez Gronda:" Los conflictos del Trabajo" pág.5).



Provincia de San Luis Artículo 16 Código Procesal Laboral
Artículo 1 ...14 15 16 17 18 ...147

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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