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Código Procesal de Familia Artículo 14 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal de Familia Río Negro
Artículo 14. Deberes de la judicatura

Además de los deberes impuestos por el CPCyC, son deberes de la judicatura:

a) Propiciar la resolución consensuada del conflicto familiar mediante la información necesaria, dentro de un diálogo constructivo y no adversarial, utilizando un lenguaje claro y sencillo.

b) Aplicar la normativa procesal regulada en este Código de manera proactiva a fin de lograr la solución más justa y eficaz al conflicto que se le presenta.

c) Disponer lo conducente para evitar todo perjuicio a los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, con perspectiva de género.

d) Receptar el asesoramiento del equipo interdisciplinario a fin de ampliar el conocimiento sobre el conflicto planteado.

e) Escuchar de manera directa a las niñas, niños y adolescentes involucrados, y valorar su opinión según su grado de madurez.

f) Escuchar de manera directa a las personas con capacidad restringida y valorar su opinión conforme su posibilidad de comprensión del tema a decidir.

g) Procurar inmediación con las personas con discapacidad con los ajustes razonables necesarios.

h) Ordenar la realización de estudios y dictámenes, y solicitar la colaboración de organismos e instituciones especializadas para procurar una solución integral y efectiva de los conflictos de familia.

i) Sancionar pecuniariamente y a título personal al funcionariado público que no cumpla diligentemente y en tiempo aquello que le fuere requerido u ordenado, cuando debidamente intimado persiste en la omisión.

Provincia de Río Negro Artículo 14 Código Procesal de Familia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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