Código Procesal Civil y Comercial Artículo 123 Provincia de Jujuy
Código Procesal Civil y Comercial Jujuy
Artículo 123. CONTENIDO DE ACTAS
El acta debe contener la mención de las circunstancias de lugar y tiempo en que se cumple el acto de que dan cuenta. Asimismo, indicando las personas que han intervenido, describirá las actividades cumplidas en lo que tengan de substancial y atinente al proceso.
Finalizada la diligencia, el secretario, salvo que la ley disponga otra cosa, invitará que la suscriban a los que hayan intervenido. Si alguno de ellos no puede o no quiere firmar, dejará constancia del hecho.
Provincia de Jujuy Artículo 123 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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