Imprimir

Código Electoral Artículo 78 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Santiago del Estero
Artículo 78. De la elección de Intendentes y Concejales Municipales

Establécese que el sistema Electoral a través del cual los municipios deberán convocar a elecciones, se regirá bajo las siguientes bases:

a) Los Intendentes serán elegidos directamente por el electorado de cada municipio a simple pluralidad de sufragios;

b) Los Concejales serán elegidos en forma directa por el electorado de los circuitos que lo conforman, en distrito único; la elección se efectuará, con la lista de candidatos oficializada por ante el Tribunal Electoral Provincial la que deberá cumplir con lo dispuesto por el artículo 46° y la adjudicación de las bancas tanto para titulares como para suplentes se efectuará mediante el sistema proporcional establecido por la presente ley para la elección de Diputados Provinciales. Dicha elección se efectuará en forma simultánea con la de intendente municipal;

c) En caso de muerte, renuncia, separación definitiva del cargo, inhabilidad o incapacidad permanente de un Concejal lo sustituirán quienes figuren en la lista como candidatos titulares según el orden establecido. Una vez que ésta se hubiere agotado ocuparán los cargos vacantes los suplentes que sigan de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva. En todos los casos los reemplazantes se desempeñarán hasta que finalice el mandato que le hubiere correspondido al Titular.

d) El comicio podrá celebrarse en forma simultánea con la elección de Gobernador y Vicegobernador y Diputados Provinciales.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 78 Código Electoral
Artículo 1 ...76 77 78 79 80 ...88

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse