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Código Electoral Artículo 13 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Santiago del Estero
Artículo 13. Deber de Votar

Todo elector tiene el deber de votar en la elección que se realice.

Quedan exentos de esa obligación:

a) Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;

b) Los que el día de la elección se encuentren a más de cuatrocientos (400) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables;

Tales ciudadanos y ciudadanas se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

c) Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de salud provincial y en ausencia de éstos, por médicos particulares;

Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente.

d) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Tribunal Electoral la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo por separado, la pertinente certificación.

La falsedad en las certificaciones aquí previstas, hará pasible a los que la hubiesen otorgado, de las penas establecidas en el artículo 292 del Código Penal.

Las exenciones que consagra este artículo son de carácter optativo para el elector.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 13 Código Electoral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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