Código de Transito y Transporte Artículo 5.5.1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 5.5.1. Obligaciones en caso de incidentes viales
Todo usuario de la vía pública involucrado en un incidente de tránsito, está obligado a solicitar auxilio para atender a las víctimas si las hubiere, a brindar su colaboración para evitar mayores daños o peligro para la circulación y a contribuir al esclarecimiento de los hechos. En particular, deben:
a)Detenerse inmediatamente evitando crear mayor peligro para la circulación.
b)Denunciar el hecho ante la autoridad correspondiente.
c)Suministrar sus datos personales, del vehículo, de la licencia de conductor y del seguro obligatorio a los demás siniestrados y a la autoridad interviniente. Si éstos no están presentes, deben dejar tales datos adheridos eficazmente al vehículo o vehículos dañados.
d)Colaborar con la autoridad no modificando el estado de las cosas y las huellas u otras pruebas útiles para determinar la responsabilidad del hecho
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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