Código de Procedimientos Mineros Artículo 81 Provincia del Chaco
Código de Procedimientos Mineros Chaco
Artículo 81.
Todo titular de una concesión que hubiere caducado en virtud de lo dispuesto por el Artículo 79 inciso c) -segundo supuesto-, de este Código no podrá obtener otra concesión de las regladas en este capítulo por el término de cinco años en dicha jurisdicción.
La inhabilitación será inscripta en el Registro de Productores Mineros.
Provincia del Chaco Artículo 81 Código de Procedimientos Mineros
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley de Ministerios Río Negro Artículo 12. Delegación funcional Ley de Ministerios Río Negro Artículo 28. Reorganización ministerial Crease la sociedad del estado facturación y cobranza de los efectores publicos Ciudad de Buenos Aires Artículo 2. OBJETO Código de Procedimientos Mineros Chaco Artículo 73. Código de Procedimientos Mineros Chaco Artículo 71.Publique la información de sí mismo
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