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Código de Procedimiento del Fuero de Familia, Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos Mayores Artículo 181 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimiento del Fuero de Familia, Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos Mayores La Rioja
Artículo 181. Actuación Coordinada de la Justicia de Familia y la Justicia Penal

La actuación de la Justicia de Familia o de Paz y la Penal en temas relacionados con violencia familiar o contra la mujer en el ámbito doméstico, que importen delitos, será en el ámbito de sus respectivas competencias, pero en forma coordinada, para lograr en lo concerniente a las víctimas su máxima protección y restitución de derechos como la sanción ejemplificadora para los victimarios.

En todos los casos, cuando el Juez de Familia o el Juez de Paz advierta que los hechos de violencia denunciados constituyen un delito penal debe dar inmediata intervención al Juez de Instrucción con competencia en violencia de género y protección de menores o al Fiscal en turno para el impulso de la acción penal.

Si la denuncia fuera efectuada en el ámbito penal y se adoptaran medidas de seguridad, el Juez de Violencia de Género o de Protección Integral de niño, niñas y adolescentes comunicará los pormenores del caso al Juez de Familia en el plazo de veinticuatro (24) horas, impulsando su actuación protectoria a los fines del abordaje de la vulneración de los derechos.

Todo incumplimiento del obligado de las medidas de protección dictadas por el Juez de Familia o el Juez de Paz serán comunicadas en forma inmediata a su verificación al Fiscal en turno para la investigación del delito de desobediencia a la autoridad, previsto en el Código Penal.

Provincia de La Rioja Artículo 181 Código de Procedimiento del Fuero de Familia, Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos Mayores
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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