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Código de Faltas Artículo 181 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Faltas San Juan
Artículo 181. Incumplimiento de normas sobre edificación

El propietario, locatario, profesional y/o constructor responsable de la construcción, ampliación, modificación, refuncionalización o demolición de una obra, sus instalaciones mecánicas, eléctricas, electromecánicas, térmicas o de seguridad, que no cumpla con las disposiciones del Código de Edificación de San Juan u otra norma que rija en la materia, no tramita el correspondiente permiso o licencia de uso, no solicita las inspecciones debidas, no presenta las declaraciones juradas, planos conforme a obra o lo hace falseando u omitiendo hechos, no acata la orden de paralización de trabajos, no cumpla con las resoluciones de la autoridad de aplicación, no coloque dispositivos de seguridad o letreros de obra cuando son exigibles será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta tres mil jus (3.000 J), demolición de la obra si así corresponde, trabajos de utilidad pública y/o arresto de hasta treinta (30) días.



Provincia de San Juan Artículo 181 Código de Faltas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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