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Código de Conviviencia de la Provincia de Córdoba Artículo 56 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Conviviencia de la Provincia de Córdoba Córdoba
Artículo 56. Vehículo con niños en su interior

Serán sancionados con hasta cinco (5) días de trabajo comunitario, multa de hasta diez Unidades de Multa (10 UM) o arresto de hasta tres (3) días los que dejaren en el interior de un automóvil, vehículo automotor o similares a niños de hasta ocho(8) años de edad, sin el cuidado de una persona responsable.

El máximo de la sanción prevista se duplicará cuando el vehículo se encuentre estacionado:

1) En lugares no autorizados;

2) En lugares autorizados pero situados en una planta o nivel distinta a la que el responsable se ha dirigido;

3) Con el motor del vehículo encendido, o 4) Cuando las condiciones externas importen un mayor riesgo para la integridad física del menor.

El personal policial interviniente puede disponer las medidas razonablemente necesarias para asegurar la protección integral del menor.



Provincia de Córdoba Artículo 56 Código de Conviviencia de la Provincia de Córdoba
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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