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Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Artículo 55 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Salta
Artículo 55.

En las contrataciones se deberá priorizar para la adjudicación, en igualdad de condiciones de la oferta, a las empresas con radicación efectiva en el Municipio que generen empleo local o aquellas que aun cuando tuvieran radicación fuera de la jurisdicción del Municipio ofrezcan generar empleo con mano de obra local.

Provincia de Salta Artículo 55 Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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