Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Artículo 117 Provincia de Salta
Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Salta
Artículo 117.
El Municipio incentivará y participará en el desarrollo de la actividad turística en todas sus formas, con el objetivo de:1) Preservar y aprovechar los recursos y atractivos turísticos.
2) Ejecutar acciones de fiscalización y regulación de la calidad y funcionamiento de los servicios turísticos, de establecimientos y organismos públicos y privados vinculados al sector, con el fin de mejorar la calidad de las prestaciones.
3) Proteger y respetar al turista.
4) Fomentar y gestionar inversiones y obras públicas turísticas.
5) Coordinar y ejecutar acciones de promoción turísticas.
6) Establecer y coordinar un calendario anual de todos los eventos tradicionales, culturales y deportivos.
7) Incentivar la participación conjunta de los sectores públicos y privados relacionados a la actividad.
8) Resguardar el desarrollo sustentable, armónico, sostenido y competitivo de San Lorenzo como destino turístico.
Provincia de Salta Artículo 117 Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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