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Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Artículo 92 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Carta Orgánica del Municipio de Santa Victoria Este Salta
Artículo 92. Consejo Juvenil

El Municipio podrá crear un Consejo Juvenil, organismo encargado de implementar las políticas y programas para la juventud, en coordinación con los sectores representativos juveniles que actúen en la jurisdicción, en los ámbitos sociales, culturales, deportivos, educativos, laborales, sindicales, económicos y políticos, siendo sus funciones y objetivos básicos los siguientes:

1) Planificar, coordinar y participar en la ejecución de programas, políticas y proyectos que implemente la Municipalidad.

2) Impulsar la formación de los jóvenes para el desarrollo de sus actividades físicas e intelectuales.

3) Crear canales de comunicación y ámbitos de debate para que el joven actúe en la sociedad.

4) Dotar a la Municipalidad de la información y documentación que permita el conocimiento de la problemática juvenil.

5) Crear servicios y ayuda a jóvenes con problemas laborales, sociales o con conductas adictivas.

6) Constituirse en un ámbito de encuentro, formación e intercambio destinado a la orientación, asistencia, promoción y capacitación de los jóvenes.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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