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Autorizan al Poder Ejecutivo Provincial a hacer uso del crédito público Artículo 7 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Autorizan al Poder Ejecutivo Provincial a hacer uso del crédito público Entre Ríos
Artículo 7.

Autorízase a la Tesorería General de la Provincia para que, juntamente con el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a través de la Secretaría de Hacienda o de quien se designe, realice colocaciones transitorias de fondos, mediante el depósito en cuentas bancarias bajo cualquier naturaleza, o mediante la instrumentación de cualquier otro tipo de transacción, ya sea en el mercado nacional o internacional, en tanto que la operación que se realice procure la obtención de la mejor alternativa disponible en el mercado financiero. En el marco de lo dispuesto, se faculta al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas a realizar todas las gestiones y contrataciones necesarias a los fines de instrumentar las operaciones autorizadas, bajo el procedimiento de contratación previsto en el Articulo 26° Inc. h) y 27° Inc. c) apartado b) subapartado 1°) de la Ley N°5140 y sus modificatorias (T.O.: Decreto N° 404/95 MEOSP), efectuando las contrataciones. correspondientes y suscribir toda la documentación pertinente, pudiendo, en el caso que la operatoria lo demande, otorgar mandato a una o más entidades financieras, en el mercado local y/o internacional, pactar legislación extranjera y prorrogar jurisdicción en favor de tribunales extranjeros, si fuere el caso y acordar otros compromisos y restricciones habituales para este tipo de operaciones.

La documentación que instrumente la operatoria que sea autorizada en virtud del presente, estará exenta de los impuestos provinciales aplicables.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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