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Autorización a los municipios y comunas de la Provincia, en forma excepcional y por única vez para e Artículo 2 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Autorización a los municipios y comunas de la Provincia, en forma excepcional y por única vez para el año 2018 Santa Fe
Artículo 2.

Facúltase al Poder Ejecutivo, a partir de la fecha de promulgación de la presente y hasta su instrumentación, a otorgar a los municipios y comunas que lo soliciten en concepto de anticipo a cuenta hasta el monto total del importe correspondiente, conforme la aplicación del artículo 1 de la presente, con el objeto exclusivo de atender erogaciones vinculadas con el pago de haberes y sueldo anual complementario. Los municipios y comunas garantizarán el reintegro del anticipo con el importe que afecten para gastos corrientes en el marco de la presente.

El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el presente artículo, estableciendo un mecanismo que garantice la asistencia en el tiempo más breve posible.



Provincia de Santa Fe Artículo 2 Autorización a los municipios y comunas de la Provincia, en forma excepcional y por única vez para el año 2018, a afectar hasta el cincuenta por ciento (50 %) del destino de los ingresos provenientes de la ley 12.385 para ser aplicado a gastos corrientes
Artículo 1 2 3 4

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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