Aprueba Ley de Ministerios Artículo 27 Provincia del Chubut
Aprueba Ley de Ministerios Chubut
Artículo 27.
Compete a la Secretaría de Vinculación Ciudadana asistir al señor Gobernador de la Provincia en la promoción y fortalecimiento de redes sociales con el fin de promover la integración comunitaria y, en particular, entender en:1. La facilitación y colaboración en la comunicación entre entidades de la sociedad civil y el Poder Ejecutivo, buscando soluciones integrales y sostenibles para las distintas localidades, coordinando con los Ministerios pertinentes.
2. La prevención, detección y seguimiento de las problemáticas sociales, articulando esfuerzos, información y acción con las áreas específicas.
3. Asistir al Gobernador en políticas de integración comunitaria, gestionando, articulando y coordinando con las distintas áreas de gobierno.
4. Promover y gestionar la integración comunitaria entre distintas localidades y generar una vinculación del Gobierno Provincial con los distintos Municipios y Comunas en las materias pertinentes que permitan le misma, en coordinación con la Secretaría General de Gobierno.
5. Planificar, diseñar y promover estrategias de política en coordinación con la Coordinación de Gabinete que permitan fortalecer los lazos comunitarios en la sociedad.
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Rechazo de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 303/20, 305/20, 311/20, 353/20, 354/ 20, 355/20 y 356/20 Chubut Artículo 3. Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut Artículo 31. INMUNIDADES Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut Artículo 26. RECUSACIÓN: CAUSAL SOBREVINIENTE Autorización al Poder Judicial de la Provincia del Chubut, por intermedio del Superior Tribunal de Justicia Chubut Artículo 1. Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Santiago del Estero Artículo 37. Medidas alternativasPublique la información de sí mismo
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