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Administración provincial del Seguro de Salud Artículo 35 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Administración provincial del Seguro de Salud Córdoba
Artículo 35.

EL funcionario o persona obligada que no cumpla oportunamente con las obligaciones de depósito de aportes y contribuciones y de remisión de documentación, podrá ser sancionado con una multa de hasta el importe equivalente a la de su situación de revista y, en caso de reincidencia, a la cesantía. Por cada vez que los responsables de la liquidación y pago de sueldos, jornales o remuneraciones de cualquier especie omitan efectuar alguno de los descuentos previstos por esta Ley o por cargos ordenados por la APROSS, o los practiquen con error, se harán pasibles de una multa equivalente a la mitad del salario mínimo, vital y móvil la primera vez, duplicándose sucesivamente en caso de reincidencia.

La Gerencia de Administración de la APROSS será la responsable de comunicar los incumplimientos descriptos precedentemente al superior jerárquico del infractor, quien aplicará las sanciones correspondientes, previo sumario.

Provincia de Córdoba Artículo 35 Administración provincial del Seguro de Salud (APROSS)
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...57

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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