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Adhesión provincial a la Ley Nacional de Tránsito Artículo 13 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesión provincial a la Ley Nacional de Tránsito Santa Fe
Artículo 13. Recursos

Para el cumplimiento de sus cometidos, la Agencia Provincial de Seguridad Vial dispondrá de los siguientes recursos:

1. Las partidas presupuestarias asignadas por la Ley de Presupuesto o leyes especiales.

2. Los montos recaudados en concepto de sanciones de multas y recargos por actas de infracciones de tránsito y seguridad vial labradas y juzgadas por autoridades de aplicación de la Provincia y los originados por el mismo concepto por la ejecución de convenios suscriptos con la Nación, Municipios o Comunas.

3. Los montos, porcentajes percibidos sobre las tasas administrativas, tarifas y precios convenidos, correspondientes a la Provincia en materias de Licencias de Conducir particular y profesional, Sistema de Revisión Técnica Vehicular, Registros de Licencias de Conductor y Antecedentes de Tránsito, Sistema Integrado de Denuncias de Accidentes de Tránsito, u otros servicios administrativos o de equipamiento derivados de los distintos sistemas de la Seguridad Vial, creados o a crearse.

4. Los montos correspondientes al producido de la venta en subasta pública de vehículos y de material de rezago de vehículos secuestrados por la Provincia en ejercicio de funciones de fiscalización de infracciones de tránsito y transporte, conforme lo disponga la reglamentación pertinente.

5. Las donaciones, aportes no reembolsables y legados que reciba y acepte.

6. Los ingresos que obtenga como consecuencia de subvenciones o convenios con entes públicos.

7. Los ingresos obtenidos por las disposiciones del artículo 41 de la presente.

8. Los intereses y beneficios resultantes de la gestión de sus propios fondos y activos y todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores, provenientes de la gestión del organismo.

9. Cualquier otro recurso recaudado mediante sistemas de fiscalización del tránsito, creados o a crearse.

Provincia de Santa Fe Artículo 13 Adhesión provincial a la Ley Nacional de Tránsito
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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