Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.506 Artículo 4 Provincia de Buenos Aires
Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.506 Buenos Aires
Artículo 4. REGISTRO NECO
Créase el Programa Nodo de la Economía del Conocimiento, en adelante "NECo". El mismo tendrá como objetivo el desarrollo de las actividades promovidas en la presente Ley, el diseño de políticas públicas de ciencia, tecnología y producción y la creación de nuevos sectores productivos en la Provincia. El Programa funcionará como herramienta para desarrollar y potenciar vinculaciones dinámicas entre las empresas de la Economía del Conocimiento, el gobierno provincial y el sector científico-tecnológico en el territorio bonaerense.
Créase su correspondiente Registro, en el que deberán inscribirse quienes deseen acceder a los beneficios de la presente Ley, para lo cual deberán acreditar su inclusión en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
Provincia de Buenos Aires Artículo 4 Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.506 - Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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