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Adhesión Ley Nacional 27.191 Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesión Ley Nacional 27.191 Chaco
Artículo 5.

Son funciones de la autoridad de aplicación, sin perjuicio de otras que puedan establecerse en la reglamentación de la presente ley, las siguientes:

a) Eliminar barreras para el desarrollo de energías generadas a partir de fuentes renovables, reduciendo obstáculos y proponiendo marcos reglamentarios e institucionales adecuados para los generadores de energías provenientes de fuentes renovables, los autores de proyectos y los gobiernos municipales que persigan el desarrollo de proyectos provenientes de energías de fuentes renovables.

b) Promover actividades e incentivos que fomenten la utilización de energías generadas a través de fuentes renovables a fin de contribuir, entre otros a la mejora del ambiente.

c) Impulsar el uso racional de energía eléctrica, disminuyendo el gasto mediante el diseño de sistemas de escaso consumo, mejorando el rendimiento de los equipos actuales, aumentando la eficiencia del sistema de transporte de energía y potenciando el uso de tecnologías limpias.

d) Incentivar el uso de energías provenientes de fuentes renovables en los sectores de la producción, industria, comercio, residencial y en los planes de viviendas económicas y sociales desarrolladas por el Estado.

e) Propondrá la creación de un banco de datos de recursos de energías renovables en el ámbito provincial y su cotejo con otros de índole similar, a los efectos de establecer parámetros comparativos que contribuyan a delinear adecuadamente las políticas de administración de dichos recursos.



Provincia del Chaco Artículo 5 Adhesión Ley Nacional 27.191 (Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica)
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...12

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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