Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.592 que establece la capacitación obligatoria en la temática de ambiente (Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.592) Provincia de Santa Cruz
Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.592 que establece la capacitación obligatoria en la temática de ambiente Provincia de Santa Cruz
- Artículo 1. ADHIÉRESE la provincia de Santa Cruz en todos sus términos, a la Ley...
- Artículo 2. Será Autoridad de Aplicación de la presente, la Secretaría de Estado de...
- Artículo 3. AUTORÍZASE a la Secretaría de Estado de Ambiente, a articular tareas con...
- Artículo 4. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y...
Otras regulaciones
Adhesión de a provincia a la Ley Nacional 27.499 Ley de Lemas Adhesión provincial al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal Convenio de asistencia financiera programa de convergencia fiscal entre el fondo fiduciario para el desarrollo provincial Instituye año 2015 como el año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos LibresMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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