Adhesión de la provincia a la Ley N° 27.428 Artículo 1 Provincia de Córdoba
Adhesión de la provincia a la Ley N° 27.428 Córdoba
Artículo 1.
Adhiérese la Provincia de Córdoba a la Ley Nacional Nº 27428 -Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno-, mediante la cual se introducen modificaciones en la Ley Nacional Nº 25917 -Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal-, a la que la Provincia adhirió oportunamente por Ley Nº 9237
Provincia de Córdoba Artículo 1 Adhesión de la provincia a la Ley N° 27.428, modificatoria de la Ley Nacional Nº 25.917 de Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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