Imprimir

Adhesión a la ley nacional 26.928 Artículo 3 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Adhesión a la ley nacional 26.928 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 3.

La obra social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF) debe otorgar a sus afiliados comprendidos en el artículo 1º las prestaciones médicas previstas por la Ley nacional 26.928, garantizando la cobertura integral del cien por ciento (100 %).

El Estado provincial debe articular con el Estado nacional las acciones tendientes a garantizar las prestaciones médicas previstas en la Ley nacional 26.928 a las personas beneficiarias del sistema que carecieran de cobertura de obra social.

Las obras sociales radicadas en la Provincia deben garantizar a sus afiliados las prestaciones médicas previstas en la Ley nacional 26.928.



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 3 Adhesión a la ley nacional 26.928, creación del sistema de protección integral para personas trasplantadas
Artículo 1 2 3 4 5 ...11

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse