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Acceso gratuito y expedito a la justicia a las víctimas de Violencia contra la Mujer Artículo 2 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Acceso gratuito y expedito a la justicia a las víctimas de Violencia contra la Mujer Tucumán
Artículo 2.

El Cuerpo de Abogados para Víctimas de Violencia contra la Mujer, tendrá las siguientes funciones:

1. Brindar patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento legal integral en todo el territorio de la Provincia, a las personas que sean víctimas de Violencia contra la Mujer, en cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley N° 26.485, incluida la ejercida por razones de identidad de género y orientación sexual de modo de garantizar su acceso a la justicia de manera expedita y efectiva.

2. Desarrollar mecanismos de coordinación y cooperación, e implementar convenios o acuerdos con otros organismos del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, tanto de jurisdicción nacional como provincial, en pos de realizar acciones conjuntas que permitan brindar una respuesta eficiente y rápida, tanto en sede administrativa como en sede judicial a quienes padecen la Violencia contra la Mujer.

3. Celebrar convenios y coordinar acciones con colegios profesionales, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil que tiendan a facilitar el logro de estos objetivos.

4. Brindar capacitación técnica, actualización normativa y charlas de concientización sobre la problemática de género, a los empleados del sistema de administración de justicia, agentes de la Policía de la Provincia y otros actores implicados en el abordaje integral de la Violencia contra la Mujer.

5. Formular recomendaciones y propuestas legislativas en materia de Violencia contra la Mujer.

6. Realizar investigaciones y elaborar informes estadísticos, cualitativos y cuantitativos, en relación a las causas, la naturaleza, la gravedad y las consecuencias de la Violencia contra la Mujer, así como de los resultados de las medidas aplicadas para impedirla y reparar sus efectos, y de la eficiencia del accionar de los organismos involucrados en su prevención, sanción y erradicación.

7. Promover la difusión periódica de los informes elaborados.

8. Brindar informes periódicos a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, a los fines de colaborar con el funcionamiento del Registro de Agresores por Violencia contra la Mujer, que se crea por esta Ley.



Provincia de Tucumán Artículo 2 Acceso gratuito y expedito a la justicia a las víctimas de Violencia contra la Mujer. Creación de un cuerpo de Abogados
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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