Se crea el Observatorio Ambiental en el ámbito de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo S Artículo 4 Provincia de San Juan
Se crea el Observatorio Ambiental en el ámbito de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable San Juan
Artículo 4.
El Centro de Monitoreo, debe realizar un censo de estructuras de fiscalización y gestión donde se conformará un registro de recursos humanos y técnicos para el desarrollo de investigaciones, siendo para los organismos del Estado Provincial de cumplimiento obligatorio, y tendrá como objetivo:
a) Aportar los datos obtenidos de los estudios, investigaciones, relacionado al objeto de la presente Ley.
b) Desarrollar los estudios e investigaciones conforme a especialidades técnicas y competencias profesionales, encomendadas por el Consejo Directivo, de acuerdo a sus recursos existentes y a los que demande la realización de los mismos.
Provincia de San Juan Artículo 4 Se crea el Observatorio Ambiental en el ámbito de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Registro nacional de las personas Nacional Artículo 4. Ley de Promoción de la Producción Orgánica para Economías Regionales Nacional Artículo 18. Creación del Registro de Enfermedades Zoonóticas Mendoza Artículo 3. Sujetos Obligados Reconocimiento de un beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar a los familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan Nacional Artículo 12. Código Contravencional Río Negro Artículo 84. Características del juicio contravencionalPublique la información de sí mismo
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