Regimen Especial y Transitorio de Regularización de Deudas Artículo 8 Provincia de Salta
Regimen Especial y Transitorio de Regularización de Deudas Salta
Artículo 8.
Los contribuyentes y responsables que se encuentren en proceso de concurso preventivo podrán acogerse al presente régimen cuando registren deudas con el fisco provincial en el pasivo concursal, quedando supeditado el otorgamiento de los beneficios a la posterior homologación judicial del acuerdo preventivo. En los casos previstos en el artículo 190 y siguientes de la Ley Nacional 24.522 de Concursos y Quiebras, de continuarse la explotación de la empresa, se podrán acoger a este régimen sólo con relación a las deudas devengadas con posterioridad al decreto de quiebra y mientras se continúe con la explotación de la empresa, siempre que los períodos se encuentren dentro de los previstos en esta Ley.
Provincia de Salta Artículo 8 Regimen Especial y Transitorio de Regularización de Deudas
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Regimen Especial y Transitorio de Regularización de Deudas Salta Artículo 20. Establécese clasificación para los establecimientos porcinos Chubut Artículo 7. Establece la capacitación obligatoria en materia de derechos humanos Chubut Artículo 2. Definiciones Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y de Adhesión celebrado entre el Fondo Fiduciario Federal Salta Artículo 4. Autorización de la transferencia de dominio de un inmueble a favor del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo Santiago del Estero Artículo 3.Publique la información de sí mismo
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