Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales Artículo 19 Provincia del Chaco
Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales Chaco
Artículo 19.
Establécese que la Provincia del Chaco no ejercerá facultades tributarias con relación a los reclamos judiciales iniciados mediante boleta de deuda emitida por la Administración Tributaria Provincial, cesando todo reclamo que estuviera pendiente al respecto en los juicios de ejecución fiscal promovidos con anterioridad al 1 de enero del año 2016, cuyo monto según Boleta de Deuda, no supere la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se hubieren agotado las diligencias tendientes al cobro del crédito.
La Administración Tributaria Provincial y el Fiscal de Estado determinarán los casos que encuadren en el presente artículo e informarán al juez interviniente el cese de la gestión judicial de cobro.
La Administración Tributaria Provincial contará con facultades para desistir de medidas cautelares existentes. Las costas y cualquier aporte, arancel o tasa estarán a cargo de los demandados y los beneficiarios no podrán reclamar suma alguna al Estado Provincial, si lo hicieren, el demandado o cualquiera de los intervinientes en el proceso perderán los beneficios recibidos.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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