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Régimen de regularización de deudas Impositivas Artículo 41 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Régimen de regularización de deudas Impositivas Buenos Aires
Artículo 41. ANEXO I

Segmentos a considerar para la regularización de deudas de los contribuyentes provenientes de los Impuestos Inmobiliario -en sus componentes básico y complementario- y a los Automotores -respecto de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, en instancia prejudicial:

1. Si el contribuyente se encontrara inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción, los segmentos se determinarán de acuerdo a lo siguiente:

TABLA En todos los casos, las cooperativas se considerarán incluidas en el segmento 1 (mayores beneficios).Para la aplicación de la presente Tabla deberán considerarse la totalidad de los ingresos brutos operativos (gravados, no gravados o exentos) declarados por el contribuyente, por el desarrollo de cualquier actividad, dentro o fuera de la Provincia de Buenos Aires, con relación al ejercicio fiscal 2020. La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires definirá los códigos de actividad del NAIIB-18 comprendidos en cada rubro.

2. Si el contribuyente no se encontrara inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción, los segmentos se determinarán de acuerdo a lo siguiente:

Segmento Monto sumatoria de valuaciones 1 Menor o igual a $2.500.000 2 Mayor a $2.500.000 y Menor o igual a $5.000.000 3 Mayor a $5.000.000 y Menor o igual a $10.000.000 4 Mayor a $10.000.000
Para la aplicación de la presente Tabla deberán considerarse las valuaciones fiscales del año 2021 correspondientes a la totalidad de los inmuebles, vehículos automotores o embarcaciones deportiva o de recreación ubicados o radicados en la Provincia de Buenos Aires, asociados a la CUIT, CUIL o CDI del contribuyente.

Beneficios según segmento:

Reducción en el monto de los intereses Segmento 1º tramo 2º tramo 3º tramo 1 90% 70% 50% 2 80% 60% 40% 3 70% 50% 30% 4 35% 20% 10% 5 100% 100% 100% 6
Sin reducción Cuando respecto de un mismo inmueble, vehículo automotor o embarcación deportiva o de recreación exista más de un responsable tributario, deberá aplicarse respecto de cada uno de ellos la Tabla que corresponda de acuerdo a lo establecido en los puntos 1) y 2) de este Anexo a fin de determinar el segmento en el que debe quedar comprendido cada uno de ellos, y se asignarán los beneficios que correspondan al segmento que tenga previstos los menores beneficios.

En cualquier supuesto, si la actividad principal en la que el contribuyente se encontrare inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos fuera alguna de las que el Ministerio de la Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica determine como afectadas por la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se aplicará la reducción prevista para el segmento 5;

Si no fuera posible determinar el segmento en el que corresponda ubicar al contribuyente por falta de información, o de no cumplimentarse los requisitos que establezca la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, se aplicará lo previsto para el segmento 6. La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires podrá establecer la vigencia temporal de cada uno de los referidos tramos de beneficios, según la fecha en la que se formalice el acogimiento.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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