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Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Artículo 8 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Córdoba
Artículo 8. Responsabilidad gubernamental

Los organismos del Estado -provincial, municipal o comunal- tienen la responsabilidad indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas. En la formulación y ejecución de políticas públicas y su prestación es prioritario para los organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior de las personas amparadas por esta Ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen.

Las políticas públicas de los organismos del Estado deben garantizar, con absoluta prioridad, el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

La prioridad absoluta implica preferencia en:

a) La protección y auxilio en cualquier circunstancia;

b) La exigibilidad de la protección jurídica cuando sus derechos colisionen con los intereses de los adultos o de las personas jurídicas -privadas o públicas-;

c) La atención, formulación y ejecución de las políticas públicas, y d) La atención en los servicios esenciales.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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