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Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias Artículo 14 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias Córdoba
Artículo 14. Atribuciones

Son atribuciones de la Autoridad de Aplicación:

a) Determinar los requisitos que deben reunir quienes pretendan acceder a los beneficios del programa;

b) Establecer las Buenas Prácticas Agropecuarias e indicadores, que deben cumplirse en cada caso para acceder a los beneficios de los incentivos del programa;

c) Otorgar los aportes económicos no reintegrables instituidos en el artículo 4º de esta Ley, decidiendo los montos de los incentivos a otorgar y designando a los beneficiarios en cada caso particular;

d) Certificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agropecuarias a los fines de acceder al beneficio establecido en el artículo 4º inciso a) de la presente Ley;

e) Administrar y disponer de los recursos del Fondo de Promoción y Desarrollo de las Buenas Prácticas Agropecuarias de Córdoba;

f) Implementar y mantener actualizado el Registro de Beneficiarios del Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias;

g) Acordar y suscribir convenios con personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, de derecho público o privado, sociedades de cualquier tipo y participación -incluidas las estatales-, asociaciones civiles, fundaciones y cooperativas de todo tipo, empresas, agencias y entes estatales, organismos nacionales, provinciales, municipales y comunales, organismos descentralizados, universidades públicas o privadas y organizaciones del tercer sector;

h) Efectuar consultas generales o particulares sobre materias vinculadas al Programa a representantes de fundaciones, ONG, organizaciones públicas o privadas de cualquier nivel y profesionales o expertos públicos o privados cuando lo estime necesario para el tratamiento de temas específicos vinculados con su función, e i) Dictar todas las normas de interpretación, instrucciones, directivas y disposiciones de cualquier género que resulten necesarias o convenientes para la mejor operatividad del Programa y el logro de sus objetivos, como así también determinar el régimen de infracciones y sanciones a las disposiciones de la presente Ley.



Provincia de Córdoba Artículo 14 Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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