Imprimir

Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas Artículo 20 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas Córdoba
Artículo 20. Presentación de la demanda

La presentación de la demanda o solicitud ante el juez o tribunal marcará la fecha de iniciación de los procedimientos a los efectos establecidos en el artículo 12 del Convenio de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y el artículo 14 de la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores de Montevideo. En el caso del inciso a) del artículo 8º de la Convención Interamericana, la fecha de iniciación de los procedimientos estará determinada por la presentación de la demanda ante el tribunal competente del país de residencia habitual del niño, niña o adolescente.

Con la presentación de la demanda y su contestación, las partes deben ofrecer y acompañar toda la prueba de la que hayan de valerse, bajo pena de caducidad.

Presentada la demanda o solicitud de restitución, el juez o tribunal procederá a la calificación de las condiciones de admisibilidad y legitimación activa.



Provincia de Córdoba Artículo 20 Procedimiento para la aplicación de los convenios sobre restitución internacional de niñas, niños y adolescentes y régimen de visitas o contacto internacional
Artículo 1 ...18 19 20 21 22 ...39

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse