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Procedimiento Laboral 2023 Artículo 65 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Procedimiento Laboral Río Negro 2023 Río Negro
Artículo 65. DEPÓSITO PREVIO

En caso de sentencia condenatoria para el empleador, los recursos se conceden únicamente previo depósito del capital, intereses y costas provisorias.

Si se declara la inadmisibilidad o rechazo del recurso, el Tribunal puede disponer el pago de las sumas depositadas en cumplimiento de la sentencia dictada.

Cuando se acrediten circunstancias que impidan efectuar dicho depósito, pueden darse bienes a embargo y/o prenda y/o fianza suficiente para asegurar lo que sea sentenciado en definitiva.

Sobre las circunstancias alegadas y la suficiencia de las garantías, se pronuncia el Tribunal al conceder los recursos.

En caso de rechazarlas, decide al respecto y sin trámite alguno el Superior Tribunal, siempre que medie el pertinente recurso de queja por recurso denegado.

Provincia de Río Negro Artículo 65 Procedimiento Laboral 2023
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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