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Presupuesto Provincial Año 2020 Artículo 49 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Presupuesto Provincial Año 2020 Mendoza
Artículo 49.

Los órganos dependientes del Poder Ejecutivo conforme al artículo 4 de la Ley Nº 8706, que tengan a su cargo la ejecución de los Proyectos y/o Programas previstos en los artículos precedentes, se regirán por las normas, reglas, instructivos y procedimientos establecidos por la entidad financiera acreedora. En consecuencia, quedan exceptuadas de la aplicación de las normas de derecho público que pudieran corresponder, en todas aquellas operaciones que involucren disposición de fondos provenientes de los préstamos autorizados o de fondos propios correspondientes a las contraprestaciones exigibles.



Provincia de Mendoza Artículo 49 Presupuesto Provincial Año 2020
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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