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Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Para el Año 2020 Artículo 3 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Para el Año 2020 Córdoba
Artículo 3.

Estímase en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL ($ 35.915.919.000,00) el importe correspondiente a las Fuentes Financieras de la Administración General para el ejercicio 2020, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

C O N C E P T O IMPORTE

Uso del Crédito.........................$ 20.858.750.000,00

Remanentes de Ejercicios Anteriores .....$ 2.842.069.000,00

Variaciones Patrimonial................ $ 12.215.100.000,00

T O T A L ..............................$ 35.915.919.000,00

Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial, en el marco de la Ley Nº 9086 -de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial- a efectuar operaciones de crédito público en el ámbito de la Administración General por hasta la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (U$D 310.860.655,00), su equivalente en pesos u otras monedas, para disponer la refinanciación, recompra o canje de los Títulos Internacionales emitidos por la Provincia de Córdoba que se encuentran en circulación, en virtud de las oportunidades que brinden los mercados internacionales de crédito y/o emitir Letras de Tesorería, exceptuándose al Poder Ejecutivo Provincial de lo dispuesto en el punto 2.- del artículo 31 de la Ley Nº 9086.

Provincia de Córdoba Artículo 3 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Para el Año 2020
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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