Imprimir

Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial Año 2023 Artículo 4 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial Año 2023 San Luis
Artículo 4.

Fijar en la suma de pesos que para cada caso se indica, los presupuestos de erogaciones de los siguientes Organismos Descentralizados Autofinanciados para el año 2023, estimándose los recursos destinados a financiarlos en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

Organismos Descentralizados Autofinanciados

Dirección Obra Social del
 Estado Provincial	                          13.821.291.172
 Agencia para el Desarrollo Económico 
 y la Asistencia Social  (ADEAS)
 de la provincia de San Luis	                   761.495.829
 Comisión Reguladora Provincial
 de la Energía Eléctrica	                    54.746.155


Provincia de San Luis Artículo 4 Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial Año 2023
Artículo 1 2 3 4 5 6 ...15

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse