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Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Pública Ejercicio 2022 Artículo 29 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Pública Ejercicio 2022 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 29.

Sustitutúyese el artículo 6° de la Ley provincial 1062, por el siguiente texto:

"Artículo 6°.- Las vacantes de personal permanente que se produzcan en los Entes Descentralizados y/o Autárquicos originadas en renuncias, retiros, jubilaciones o en razones de cualquier otra naturaleza así como las autorizadas en la presente ley, no podrán ser cubiertas salvo cuando medien razones plenamente justificadas a criterio del órgano máximo del Poder del que dependa el cargo o vacante que se deba cubrir. En tal supuesto, en forma previa a cualquier designación o contratación se deberá requerir autorización al Poder Legislativo, el que deberá expedirse dentro del plazo de 30 días. En caso de silencio se considerará otorgada la autorización y habilitada la partida presupuestaria correspondiente a la vacante de que se trate.

Las designaciones o contrataciones que se produzcan en violación a lo dispuesto en el presente artículo, serán consideradas nulas y su costo económico o cualquier demanda judicial o extrajudicial relacionada con la misma recaerá sobre el o los funcionarios que procedieron a dicha designación o contratación.

Quedan exceptuadas de las restricciones y procedimientos establecidos en la presente norma las designaciones y contrataciones que resulten necesarias para cubrir reemplazos de personal que desarrolla tareas en las áreas afectadas a la percepción de recursos tributarios de la provincia.".

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 29 Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Pública Ejercicio 2022
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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