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Normas y conductas destinadas al cuidado y protección integral de los animales domésticos de compañí Artículo 15 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Normas y conductas destinadas al cuidado y protección integral de los animales domésticos de compañía La Rioja
Artículo 15. Custodia de los Animales Víctimas

La policía se encuentra autorizada a efectuar la custodia de el o los animales de compañía víctimas de malos tratos en los casos en los que el contraventor sea sorprendido en flagrancia. Preservando primordialmente la salud y el bienestar del animal víctima. El que deberá ser entregado en guarda de inmediato en algunas de las instituciones que propendan el cuidado animal según disponga la Autoridad de Aplicación.

En cualquier otro caso para efectuar la guarda del animal víctima de malos tratos deberá requerir la respectiva orden escrita al juez con competencia en su jurisdicción. En caso de que se requiera el allanamiento de un domicilio para efectuar la custodia o para dar con un contraventor rebelde se requerirá la respectiva orden escrita al juez competente.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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