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Ley organica del ministerio de pobres, ausentes, menores e incapaces Artículo 51 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley organica del ministerio de pobres, ausentes, menores e incapaces Chubut
Artículo 51. Comprobación

Cuando de los datos aportados resultan con evidencia tanto la veracidad de los extremos invocados como que la cuestión no es atendida especialmente por otro sistema jurídico gratuito, los Defensores no están obligados a realizar comprobación de tipo alguno.

Tampoco cuando de la misma Declaración Jurada resulta con evidencia que el requirente cuenta con los recursos necesarios para afrontar los gastos del caso o la existencia de otro sistema jurídico gratuito que con especialidad se encarga de la cuestión.

Cuando el Defensor actuante cree necesaria la determinación de la insuficiencia de recursos, en ningún caso la realiza sobre la base de pautas rígidas. Tiene, como mínimo, en cuenta a tales fines, la situación socioeconómica del requirente y de su grupo familiar, la integración del mismo, la posible regulación de honorarios en el asunto y la imposibilidad de solventarlos por su cuantía. En estos casos el Defensor Público puede ordenar la elaboración de informes socioambientales y requerir todo otro informe complementario que crea menester.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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