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Ley Orgánica de la Administración de Justicia Artículo 3 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Orgánica de la Administración de Justicia San Luis
Artículo 3.

Actuarán en el Poder Judicial: En la Primera Circunscripción Judicial:

a) Con asiento en la ciudad de San Luis:

1) UNA (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral con CUATRO (4) Salas:

i) DOS (2) Sala con competencia en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia;

ii) DOS (2) Salas con competencia en lo Laboral;

2) UN (1) Tribunal de Impugnaciones en lo Penal;

3) UN (1) Colegio de Jueces en lo Penal;

4) CINCO (5) Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental; 5) TRES (3) Juzgados en lo Laboral;

6) CINCO (5) Juzgados de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia; 7) CUATRO (4) Juzgados de Garantía;

8) UN (1) Juzgado Penal Juvenil y Contravencional;

9) UN (1) Juzgado de Ejecución en lo Penal;

10) DOS (2) Fiscalías de Juicio;

11) DOS (2) Defensorías de Juicio;

12) SEIS (6) Fiscales de Instrucción Penal y DOS (2) Fiscalías de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores;

13) DOS (2) Fiscalías Multifuero;

14) DOS (2) Defensorías Oficiales en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral;

15) TRES (3) Defensorías Oficiales en lo Penal;

16) TRES (3) Defensorías de Niñez, Adolescencia e Incapaces;

17) NUEVE (9) Fiscales Adjuntos; 18) CUATRO (4) Defensores Adjuntos.- En la Segunda Circunscripción Judicial:

b) Con asiento en la ciudad de Villa Mercedes:

1) UNA (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral con TRES (3) Salas:

i) UNA (1) Sala con competencia en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia;

ii) DOS (2) Salas con competencia en lo Laboral;

2) UN (1) Colegio de Jueces en lo Penal;

3) CUATRO (4) Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental;

4) TRES (3) Juzgados en lo Laboral;

5) CUATRO (4) Juzgados de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia; 6) CUATRO (4) Juzgados de Garantía;

7) UN (1) Juzgado Penal Juvenil y Contravencional;

8) UN (1) Juzgado de Ejecución en lo Penal;

9) DOS (2) Fiscalías de Juicio;

10) DOS (2) Defensorías de Juicio; 11) SEIS (6) Fiscales de Instrucción Penal y DOS (2) Fiscalías de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores;

12) DOS (2) Fiscalías Multifuero;

13) DOS (2) Defensorías Oficiales en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral;

14) TRES (3) Defensorías Oficiales en lo Penal;

15) TRES (3) Defensorías de Niñez, Adolescencia e Incapaces;

16) NUEVE (9) Fiscales Adjuntos;

17) CUATRO (4) Defensores Adjuntos.- En la Tercera Circunscripción Judicial:

c) Con asiento en la Ciudad de Concarán, o según determine el Superior Tribunal de Justicia y con competencia en los departamentos Chacabuco, San Martín y Junín:

1) UNA (1) Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia, Laboral y Penal con DOS (2) Salas:

i) UNA (1) Sala con competencia en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral;

ii) UNA (1) Sala con competencia en lo Penal;

2) UN (1) Juzgado de Ejecución en lo Penal;

3) UN (1) Juzgado de Garantía y Contravencional;

4) UN (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral;

5) UN (1) Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil;

6) UNA (1) Fiscalía de Cámara;

7) UNA (1) Fiscalía Multifuero;

8) DOS (2) Fiscalías de Instrucción Penal;

9) TRES (3) Fiscales Adjuntos;

10) UNA (1) Defensoría Oficial en lo Penal;

11) UN (1) Defensor Adjunto;

12) UNA (1) Defensoría Oficial en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral;

13) UNA (1) Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces.

d) Con asiento en Sala Multifueros Tomás Jofré, sobre la Autopista de Los Comechingones o según determine el Superior Tribunal de Justicia y con competencia en los departamentos Chacabuco, San Martín y Junín:

1) UN (1) Juzgado de Garantía y Contravencional;

2) UN (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral;

3) UN (1) Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil;

4) UNA (1) Fiscalía de Instrucción Penal y UNA (1) Fiscalía de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores;

5) DOS (2) Fiscales Adjuntos;

6) UNA (1) Defensoría Oficial en lo Penal;

7) UN (1) Defensor Adjunto;

8) UNA (1) Defensoría en Niñez, Adolescencia e Incapaces.

e) Con competencia en toda la Provincia, con asiento en la ciudad de San Luis actuará UN (1) Juzgado de Ejecuciones Fiscales;

f) Con competencia en la Segunda y Tercera Circunscripción, con asiento en la cuidad de Villa Mercedes, actuará UN (1) Tribunal de Impugnaciones en lo Penal".

Provincia de San Luis Artículo 3 Ley Orgánica de la Administración de Justicia
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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