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Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Artículo 81 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Buenos Aires
Artículo 81.

Sustitúyese el artículo 68 bis de la Ley N° 10.149 y modificatorias, por el siguiente:

"ARTÍCULO 68 bis. Establecer las siguientes Tasas Retributivas de Servicios Administrativos:

1. Rúbrica de Libro Especial de Sueldos y Jornales y/o libro copiativo (artículo 52 de la Ley Nacional N° 20.744), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 2. Autorización del Sistema de Hojas Móviles o similar, setecientos cuarenta y siete pesos. $747,00 3. Rúbrica de Hojas Móviles o similar. Rúbrica de microfichas COM (computer output to microfiche), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 4. Rúbrica del Libro de Contaminantes, por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 5. Rúbrica del Libro de Accidentes de Trabajo, por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 6. Rúbrica del Registro Único de Personal (artículos 84 y 85 de la Ley Nacional N° 24.467), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 7. Rúbrica del Libro de Viajantes de Comercio (Ley Nacional N° 14.546), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 8. Rúbrica del Libro de Trabajadores/as a Domicilio (Ley Nacional N° 12.713), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 9. Certificación Ley Provincial N° 10.490, cuatro mil ochocientos pesos $4.800,00 10. Certificación acerca de antecedentes de conflictos laborales, ochocientos sesenta y cuatro pesos $864,00 11. Exámenes preocupacionales, postocupacionales y periódicos (Ley Nacional N° 24.557 y artículo 188 de la Ley Nacional N° 20.744), ochocientos sesenta y cuatro pesos $864,00 12. Autorización de Centralización de la Documentación laboral, tres mil novecientos ochenta y cinco peso $3.985,00 13. Rúbrica de hojas de ruta de choferes de camiones -kilometraje- (CCT 40/89), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 14. Otorgamiento de libreta de choferes de autotransporte Automotor (Decreto PEN Nº 1038/97 y Resolución MTSS Nº 17/98) por cada libreta, doscientos ochenta y siete pesos. $287,00 15. Solicitudes de informes por escrito, Oficios judiciales, o similares, cuatrocientos treinta y tres pesos $433,00 16. Procedimiento arbitral (artículos 15 y 55 de la Ley Nº 10.149), cuatro mil novecientos tres pesos $4.903,00 17. Libro especial para trabajadores/as rurales permanentes (artículo 122 Ley Nº 22.248), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 18. Planilla horaria prevista en la Ley Nº 11.544, en virtud del artículo 11 del Convenio OIT Nº 30/1930 aprobado por el artículo 1º de la Ley Nº 13.560, por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 19. Planilla de horarios para el personal femenino (artículo 174 de la LCT), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 20 Libro especial estatuto de peluqueros/as (artículo 6º Ley Nº 23.947), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 21. Libro de Órdenes del Estatuto de encargados/as de casa de renta propiedad horizontal (artículo 25 Ley Nº 12.981), por folio útil, setenta y seis pesos. $76,00 22. Libro "Registro de Personal y Horas Suplementarias" (artículos 7º y 15 Decreto Nº 1088/45 Actividad Bancaria), por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 23. Libreta de Trabajo Estatuto de encargados de casa de renta y propiedad horizontal (artículo 14 y 15 Ley Nº 12.981), por cada libreta, doscientos ochenta y siete pesos $287,00 24. Autorización de Trabajo Infantil Artístico (Resolución MT Nº 44/08), por cada solicitud de autorización de niño/a, treinta y un mil ciento treinta y seis pesos $31.136,00 25. Servicio de Junta Médica por discrepancias (artículo 3º inc. h) Ley Nº 10.149), cuatro mil novecientos tres pesos $4.903,00 26. Conciliaciones laborales individuales y/o plurindividuales: por acuerdo registrado y/u homologado espontáneo, por trabajador involucrado, tres mil setecientos cincuenta pesos $3.750,00 27. Rúbrica en otra Delegación Regional distinta a la correspondiente por el domicilio legal o fiscal (Art.

5º Resolución MT Nº 261/10), setecientos cuarenta y siete pesos $747,00 28. Certificado del registro de Empresas de Limpieza, cuatro mil ciento cincuenta y un pesos $4.151,00 29. Reproducciones de texto contenidos en documentos públicos, solicitados por terceros con interés legítimo, por foja, dieciocho pesos $18,00 30. Certificación de copias, por foja, dieciocho pesos $18,00 31. Rúbrica de hojas móviles de trabajadores/as a domicilio, por folio útil, setenta y seis pesos $76,00 32. Rúbricas de Hojas Móviles de Trabajadores/as Rurales permanentes, setenta y seis pesos . $76,00 33. Rúbricas de Hojas de Viajantes de Comercio, setenta y seis pesos $76,00 34. Rúbrica de Hojas Móviles empleador de choferes de autotransporte automotor (Art.5º Res. 17/98 del Ministerio de Trabajo), setenta y seis pesos $76,00 35. Libro sueldo digital artículo 52 Ley Nacional Nº 20.744 o equiparado (Resolución Conjunta MTEySS y AFIP Nº 5249/22- Resolución Gral. AFIP N° 5250/22) excluye otro tipo de rúbrica, por cada trabajador declarado en cada período mensual.

Código de pago Afip 6140, sesenta pesos $60,00



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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