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Ley Impositiva año 2024 Artículo 113 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley Impositiva año 2024 Córdoba
Artículo 113.

Por los servicios que se enumeran a continuación se abonarán las siguientes tasas:

Concepto Importe 1. - Archivo General de Tribunales:

1.1. - Por cada pedido de desarchivo: $ 1.500,00 1.2. - Copias y/o copias digitales, por cada carilla de cualquier documento archivado: $ 200,00 1.3. - Certificación de copias: $ 1.000,00 1.4. - Informes: $ 2.000,00 1.5. - Búsquedas:

- Búsquedas en protocolos, por año y -dentro de cada año- por tipo de resolución (Autos y/o Sentencias: $ 2.000,00 - Búsquedas de antecedentes penales, por cada hecho: . $ 1.000,00 2. - Actuaciones administrativas:

2.1.1. - Por pedidos de devolución y/o compensación de Tasa de Justicia, excepto en los casos de recursos directos admitidos: $ 400,00 2.1.2. - Por pedidos de informes: $ 500,00 2.2. - Por actuaciones relativas a los Peritos de Matrícula Judicial, Martilleros y Tasadores Judiciales:

2.2.1.- Inscripción, renovación, licencia, cambio de domicilio, incorporación, cambio de circunscripción, renuncia, remoción, emisión de credencial o renovación anual: $ 750,00 2.3. - Por actuaciones relativas a los Síndicos Concursales:

2.3.1. - Inscripción Categoría "A": 1,5 Jus 2.3.2. - Inscripción Categoría "B": 1,0 Jus 2.4. - Por solicitudes de certificaciones en general expedidas por áreas administrativas del Tribunal Superior de Justicia: $ 500,00 2.5. - Legalizaciones: $ 1.000,00 2.6. - Por los servicios brindados por el Registro Público de Juicios Universales:

2.6.1.- Inscripción y consulta 2.6.1.1. - Por inscripción y/o informe de cada causante en los Juicios Testamentarios Sucesorios, ab intestato, protocolización de testamento y todos los trámites referidos a juicios sucesorios provenientes de otras jurisdicciones, al momento de solicitarse: $ 2.000,00 2.6.1.2. - Inscripción urgente: $ 2.500,00 2.6.1.3. - Informe por escrito: $ 600,00 2.7. - Por los servicios brindados por el Registro Público de Accidentes y Enfermedades Laborales en la forma y condiciones establecidas en el artículo 7o de la Ley No 8380:

2.7.1.- Consultas:

2.7.1.1.- Informe por escrito: $ 500,00 2.8. - Registros de Amparo - Ley No 4915: 2.8.1.- Consultas:

2.8.1.1.- Informe por escrito: $ 500,00 2.9. - Uso de la Sala de Remates:

2.9.1.- Por cada remate extrajudicial: 1,0 Jus 2.10. - Por servicios especiales conforme la reglamentación del Tribunal Superior de Justicia: $ 300,00 2.11. - Por requerimientos de informes periciales de peritos oficiales dependientes del Poder Judicial o del comité auditor: 8,0 Jus 2.12. - Por cada solicitud de expedientes del casillero externo, a partir del segundo pedido: $ 400,00 3. - Instituto de Medicina Forense:

3.1. - Otorgamiento por parte de los médicos forenses de la certificación de los fallecimientos en los casos de seguros de vida: 0,5 Jus 3.2. - Actividades de postgrado que se realizan para las diferentes universidades: 0,5 Jus 3.3. - Alquiler de heladeras para actividades no judiciales y judiciales de otra jurisdicción (por día): 0,5 Jus 3.4. - Formolización de cadáveres no judiciales de esta jurisdicción: 12,0 Jus 3.5. - Formolización de cadáveres no judiciales y judiciales de otra jurisdicción: 12,0 Jus 3.6. - Autopsias no judiciales y judiciales de otras jurisdicciones: 8,0 Jus 3.7. - Pericias: 8,0 Jus 3.8. - Determinación de drogas, antígeno prostático específico, anticuerpo anti HIV y cualquier otra determinación, por cada una: 1,0 Jus 3.9. - Por pericias médicas especializadas realizadas por el Comité Consultivo y Operativo en Prácticas Médico Sanitarias y Bioética del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, por cada profesional: 8,0 Jus 3.10. - Extracción de material cadavérico para estudios genéticos: 8,0 Jus 4. - Centro de Genética Forense:

4.1. - Estudios de paternidad que incluye la tipificación del ADN nuclear de dos (2) o tres (3) personas, a partir de hisopados bucales o muestras de sangre. Toma de muestras por parte del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba: $ 78.000,00 4.2. - Tipificación del ADN nuclear de una (1) persona, a partir de hisopado bucal o muestra de sangre tomada por el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba: $ 26.000,00 4.3. - Tipificación del ADN nuclear de una (1) persona, a partir de una muestra de material cadavérico óseo o dentario. No incluye toma de muestras: $ 140.000,00 4.4. - Cuando los servicios enumerados en los puntos 4.1.- a 4.3.- de este artículo se presten a instituciones públicas o privadas que posean convenio con el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y la muestra sea a cargo de la institución solicitante, los importes indicados tendrán una reducción del Veinte por Ciento (20%).

4.5. - Tipificación de ADN nuclear a partir de un vestigio biológico (saliva, pelo, sangre, etc.), sin fraccionamiento diferencial. Para instituciones públicas o privadas que posean convenio con el Poder Judicial de la Provincia Córdoba. Toma de muestras por parte de la institución solicitante: $ 66.000,00 4.6. - Tipificación de ADN nuclear a partir de un vestigio biológico, con fraccionamiento diferencial. Para instituciones públicas o privadas que posean convenio con el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. Toma de muestras por parte de la institución solicitante: $ 150.000,00 5. - Policía Judicial:

5.1. - Por actividades técnicas sobre vehículos siniestrados, sustraídos o secuestrados: 1,0 Jus 5.2. - Por actividades técnicas de identificación vehicular (revenido químico): 1,5 Jus 5.2.1.- Identificación fuera del radio de la ciudad de Córdoba, por cada kilómetro recorrido (ida y vuelta): 8,0 Jus 5.3. - Gabinete Físico Mecánico:

5.3.1. - Por cada estudio o dictamen 10,0 Jus 5.3.2. - En el caso anterior, por cada documento desde el segundo en adelante: 1,0 Jus 5.4. - Gabinete Médico Químico (Sección Química Legal):

5.4.1.- Por cada estudio técnico (por muestra): 1,0 Jus 5.5. - Informe estadístico de la Oficina de Estadísticas y Enlace: 1,0 Jus 5.6. - Informe de la División de Procesamiento de las Telecomunicaciones: 5,0 Jus 5.7. - Por cada informe técnico o dictamen pericial de la División Tecnología Forense, Sección Informática Forense (Oficina Equipos Móviles): 8,0 Jus 5.8. - Por cada informe técnico o dictamen pericial de la División Tecnología Forense, Sección Informática Forense (Oficina Equipos de Computación): 8,0 Jus 5.9. - Por cada informe técnico o dictamen pericial de la División Tecnología Forense, Sección Informática Forense (Oficina Internet Forense): .... 4,0 Jus 5.10. - Por cada informe técnico o dictamen pericial de la División Tecnología Forense (Oficina Video Legal): 5,0 Jus 5.11. - Por cada informe técnico o dictamen pericial de la División Tecnología Forense (Oficina Audio Legal): 5,0 Jus 5.12. - Por cada informe técnico o dictamen pericial de la División Tecnología Forense (Oficina Producción y Análisis Audiovisual): 8,0 Jus 5.13. - Por cada estudio de la Sección Balística: 10,0 Jus 6. - Centro Judicial de Mediación:

6.1.- Inscripción y renovación en la matrícula del Mediador: 1,0 Jus 7. - Jueces de Paz:

7.1.- Certificaciones de firmas y rubricaciones de las constancias o formularios impresos, sólo en los supuestos en que la legislación nacional, provincial o municipal (leyes, reglamentos, disposiciones normativas y ordenanzas) expresamente autoricen su intervención en tal sentido, con excepción de aquellas provenientes de la seguridad social o asistencialismo gubernamental:

7.1.1. - Por cada firma: $ 700,00 7.1.2. - Por cada rubricación: $ 700,00 7.1.3. - Por certificación de fotocopias, por cada una: $ 200,00

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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