Ley de procedimiento administrativo Artículo 28 Provincia de Córdoba
Ley de procedimiento administrativo Córdoba
Artículo 28. Recaudos o exigencias
Toda presentación efectuada en soporte electrónico o digital por la cual se inicie una gestión ante la Administración Pública, deberá contener los siguientes recaudos:
a) Nombres, apellidos, indicación de identidad y domicilio real del interesado;
b) Domicilio constituido de acuerdo con el artículo 25 de esta Ley;
c) Relación de los hechos y, si se considera pertinente, del derecho en que funda su petición;
d) La petición concretada en términos claros y precisos;
e) Ofrecimiento de toda prueba de que ha de valerse, y f) Firma electrónica o digital del interesado o apoderado."
[Normas qu
Provincia de Córdoba Artículo 28 Ley de procedimiento administrativo
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios